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Año: 1965, Fallos: 261:398 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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S.A. EL DIA Y $.A. A.P.A. , RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios.

Lo referente a las regulaciones de honorarios devengados en las instancias ordinarias, así como a la determinación de las bases computables a tal efecto constituyen, en principio, materias ajenas al recurso extraordinario, salvo cireuastancia» excepcionales.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones uo federales.

Sentencias arbitrarias. Principios generales.

La tacha de arbitrariedad es de aplicación especialmente restringida en materia de regulación de honorarios.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso.

Procede el recurso extraordinario y corresponde dejar sin efecto la resolución apelada cuando, en una causa sobre intervención judicial de una empresa periodística, se elevan los honorarios regulados al administrador-interventor abogado y de »u asesor contable, de € 2.708.000 y $ 2.500.000 e + $ 24022048,13 y $ 15.903.000, respectivamente. Ello porque, en el caso, no es aceptable que la única cuestión n considerar a los fines de una reguTación justa y válida, sen la atinente nl mínimo entematico del atea mobre los ingresos, sin consideración a la realidad de las uti obtenidas.

al intrínseco valor de la Inbor cumplida y a la responsabilidad comprometida en ella.


HONORARIOS: Regulación. L
A los fines de la justicia y validez de los honorarios profesionales importa comiderar el intrínseco valor de la labor cumplida, la responsabilidad comprometida en la enuan y las modalidades del juicio.


DICTAMEN DEL ProcURADOR GENERAL
Suprema Corte:

I Por resoluciones de la Cámara Primera de Apelación de La — Plata de fs. 1067 y 1066 se aumentaron las regulaciones de honorarios del administrador-interventor abogado en la smpress "El Día" S.A. doctor Massimiani y del asesor contable mismo, contador Chiauelli, respectivamente. Y por sentencia del mismo tribunal de fs. 2419 se fijaron los honorarios de los nombrados por los trabajos efectuados en idénticos cargos en la empresa

APA." SA. ;

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Año: 1965, CSJN Fallos: 261:398 
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