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Año: 1965, Fallos: 262:362 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de agosto de 1965.

Vistos los autos: " Administración General de Obras Sanitarias de la Nación e/ Buenos Aires, la Provincia de s/ cobro de la suma de m$n 3.583.195,50 (Apremio)".

Considerando :

Que atento el allanamiento de la actora y la conformidad de la contraparte, en cuanto a la prescripción de las deudas del año 1952 inclusive y anteriores, corresponde deducir del monto de la demanda el importe de los certificados de fs. 6, 7, 8, 9, 15, 16, 24, 25, 35, 48, 49, 50, 51, 56, 57, 90, 111, 113, 114, 119, 124, 129, 130, 157, 185, 190, 202, 203, 204, 205, 206, 220, 221, 228, 24, 247, 248, 249, 283, 292, 300, 301, 302, 313, 314/17, 318/21, 326, 327, 328, 141, 342, 368, 369 y 459.

Que respecto a la defensa de falta de neción, debe ser rechazada, en razón de no haberse ofrecido prueba de las circunstancias invocadas dentro del plazo previsto en el art. 315 de la ley 50. Por lo demás, la audiencia celebrada a fs. 470 fue señalada al sólo efecto de que las partes alegaren sobre sus derechos respectivos, en los términos del art. 318 de la ley citada.

Por ello, se decide tener a la actora por allanada a la excepción de prescripción, en la forma indicada en el considerando primero, y rechazar la defensa de falta de acción opuesta por la demandada a fs. 464. En consecuencia, llévese adelante el apremio hasta hacerse íntegro pago a la acreedora del capital reclamado y reducido a la suma de tres millones quinientos ochenta y un mil ochocientos cuarenta y dos pesos con diez centavos moneda nacional, más intereses y costas; a cuyo fin, con arreglo a lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 23 del Arancel, se regulan los honorarios del letrado de la parte actora, Dr. Vicente Interguglielmo, en la suma de doscientos mil pesos moneda nacional, y los de su apoderado, Sr. Luis P. Bascary Newton, en setenta mil pesos de ignal moneda.

Anstónrro D. Aríoz ví LAMADRID — Proro ABErastURY — Ricarno CoLOMBRES — Estenan [Maz — CArLos Juas Zavar.a Roprícuez (en disidencia) — AMmítcar A. Mer

CADER.

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Año: 1965, CSJN Fallos: 262:362 
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