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Año: 1970, Fallos: 277:59 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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justicia del crimen por tal motivo, icipación en diversos hechos — a .— o e: juez federal de San Martín Cfs. 67/70 del sumario n? 5.188), Enterado éste de dichas declaraciones, libró oficio al Juez Nacional en lo Criminal de Instrucción de la Capital que intervenía en la causa formada por el homicidio, lesiones y resistencia a la autoridad antes aludidos, solicitándole se inhibiera de conocer en esos autos, y los enviara a los tribunales federales de San Martín (fs. 5 del sumario n? 5188).

El juez de instrucción accedió sólo parcialmente a dicho pedi de quel ich a compone pr ceder ger de Vai io, lesi graves y resistencia autoridad, desprerditadas en PEC A tod Arm o yde relatados por Caride sn su declaración Cfs. 6 del expediente n? 5188).

Tras la remisión de los antecedentes necesarios al magistrado de San Martín, prosiguió ante la justicia de instrucción el sumario agrearde 9 LIE e pee que dae tbemles Federales de la arto udida desarrollaban la investigación relacionada con los otros delitos federales objeto de la confesión formulada por Caride.

Corresponde añadir que el mismo juez de instrucción de la Capital Federal que seguía el sumario por homicidio, lesiones y resisep dt e una denuncia por apremios i supuestamente contra los it putados Caride, Fili ini y Zavala Rodríguez, lo cual dió origen a e DE 955 CLandubura, Mario Hugo y Lombardi, Rafael"), agregada por cuerda.

de De Mlicación de de tanto qe Tales: 256:33 el magistrado pe al fuero federal de la Capital, jaa de Fuero que ineraico remito dos tes A Dr Werdates eq vid de la vculodan existente entre los presuntos jos ¡legales causa en ite ante este último juez Cfs. 44/45 del expediente n? 955).

En consecuencia, sólo quedó radicado en sede penal de la ciudad de Buenos Aires el sumario concerniente al homicidio, lesiones y resistencia a la autoridad al que antes hice referencia.

Recibida en San Martín la causa por su ios ilegales de Medede de apaga dm ue aaa alla pr los mismos hechos y lleva el n% 19.179/69 C-Personal Dirección de Coordinación Federal s/presuntos apremios ilegales").

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Año: 1970, CSJN Fallos: 277:59 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-277/pagina-59

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