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Año: 1971, Fallos: 280:387 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Suprema Corte:

El goce de inmunidad de jurisdicción por los actos realizados en el desempeño de sus funciones, que otorga a los miembros de la Misión de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos en la República el Acuerdo entro los gobiernos de ambas naciones obrante en copia a fs. 35/48 no significa, obviamente, que los integrantes de dicha Misión tengan calidad diplomática, lo cual indiea que los asuntos a ellos concernientes, quedo expedito 9 no a su respecto el ejereicio de la jurisdicción de los tribunales nacio.

nales, no se encuentran entre los mencionados por el art. 101 de la Ley Fundamental, No comparto, pues, el criterio que sustenta la decisión de Fallos:

249:620 y el pronunciamiento recaído con fecha 1° de julio de 1964 ón re Misión Aérea de los Estados Unidos", ambos dictados por el Tribunal en su anterior composición.

Opino, en consecuencia, que procede declarar que el conocimiento del caso es ajeno a la jurisdicción originaria de V.E. Buenos Aires, 4 de agosto de 1971. Eduardo H, Marquardt,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 15 de setiembrs de 1971.

Autos y Vistos; Considerando:

Que, de lo informado a fs. 49 y 2-fs, 53 por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto remilta que el damnificado por el hecho que e investiga en esta causa —el Coronel Jorge Aiberto Jusobi, Jefe de la Misión Aérea de los Estados Unidos de América— no tiene estado di.

plomático.

Que, en consecuencia, por faltar en el caso el requisito exigido en los .

arts. 101 de la Constitución Nacional y 24, inc, 1, del decretoey 1285/ 58, la Corte Suprema earece de competencia para conocer del hecho en instancia originaria.

Por ello, y lo dictaminado a fs. 50 por el Sr, Procurador General, se declara que la presente causa es ajena a la competencia originaria de esta Corte.

Evvanoo A, Onris BasvaLzo — Roseavo E, Cuurm — Manco Avazo Resoía — Lums Canos Cannar. "

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Año: 1971, CSJN Fallos: 280:387 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-280/pagina-387

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