puestos y tasas municipales. Juzga por ello equitativo elevar el poreentaje de renta al 12 anual del valor estimativo antes aludido, lo que representa un alquiler mensual de $ 765,35.
Por ello, y en atención a lo establecido en la sentencia de fs. 36/17, fijase en la suma de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y VcHO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($ 768.35) el alquiler mensual de la finea situada en la calle Belgrano 836/40, de la localidad de Moreno, Provincia de Buenos Aires, el que deberá hacerse efectivo desde el 1 de febrero del corriente año. 3in costas, Rosexro E. Cure — Manco Avrento Misonía — Marcarrra Añoras,
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Año: 1971, CSJN Fallos: 281:252
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