Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1972, Fallos: 283:375 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...


GERMAN OTERO Y VILLAMAYOR
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal Superior.

Sí la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, no obstante haber desestimado el recurso de inaplicabilidad de ley, consideró y resolvió lus agravios del apelante, aquélla ex la sentencia final del superior tribunal de la causa a los efectos del art. 14 de la ley 48, por lo que es improcedente el recurso extravedinario imerpueso con anterioridad respecto de la decisión de la Cámara.

DiCTAMEN DEL ProcuraDOR GENERAL Suprema Corte:

El tribunal a quo revocó el pronunciamiento de primera instancia y conde nó a Germán Otero y Villamayor por el delito de homicidio culposo Cfs. 128).

Contra ese fallo la defensora del imputado dedujo el remedío federal fs 136) y el recurso por inaplicabilidad de ley en el orden provincial Cfs. 141).

De la lectura de los escritos respectivos resulta que los agravios expuestos en uno y etro coinciden en lo esencial y sólo difieren en el encuadramiento normativo de los mismos.

En efecto, en la apelación extraordinaria de fs. 136.1a recurrente alega que la sentencia es arbitraria pues han sido violados los artículos 18 y 19 de la Constitución Nacional toda vez que la misma fue dictada "prescindiendo de la prueba de confesión, en abierta contradicción con todas las demás pruebas hábiles" y "apoyándose en una única prueba inhábil" Cv. fs.137 punto IV).

En ese mismo sentido, a fs. 139 in fine y 139 vta., la apelante desarrolla esos agravios a la luz de las pertinentes disposiciones de procedimientos locales, Conceptos básicamente similares se leen en el escrito de fs. 141, y aparecen sintetizados en el punto III de fs. 144 vta. donde se afirma que el Juez incurrió en un "absurdo evidente".

Apunto que en otra parte del mismo escrito se habla de arbitrariedad Cv. Es. 142, 6? renglón).

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires desestimó el recurso de inaplicabilidad de ley, y en el punto c) de fs. 151 se resumen los agravios expresados por la defensa del imputado, los que son tratados por separado en el capítulo II de fs. 151 vía. y 55. y rechazados por las razones que allí se exponen.

Entre esas razones pongo de resalto lo dicho a Es. 152 vía. im fine y 153:

La lectura de los párrafos consiguientes de la queja, en particular los que lucen a fs. 138/139, es bastante para acreditar que el discurso no pasa de una

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

6

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1972, CSJN Fallos: 283:375 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-283/pagina-375

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 283 en el número: 375 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com