Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1972, Fallos: 284:8 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...


SALA V DE LA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO.

FERIADO JUDICIAL DE LOS DIAS 26 Y 27 DEL CORRIENTE
—N" 37En Buenos Aires, a los 25 días del mes de octubre del año 1972, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Eduardo A. Ortiz Basualdo y los Señores Jueces Doctres Don Roberto E. Chute, Don Marco Aurelio Misolia, Don Luis Carlos Cabral y Doña Margarita Arguas, Comideraron:

Que conforme lo señala el Señor Presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Capital en su nota de fecha 23 del corriente mes, obrante a fs. | del expediente de Superintendencia N" 4357/72, durante los días 26 y 27 del mes en curso se hará efectivo el tradado de la Sala Y de dicho tribunal a su nueva sede de la calle Cerrito 536, Que, para hacer posible dicho traslado, es neceario declarar feriado judicial —a bos efectos procesales los días mencionados en el considerambo anterior.

Resolvieron Disponer —en ejercicio de la Facultad establecida por el art. 2 del Reglamento para la Justicia Nacional— feriado junlicial, a los efectos procesales, durante los días 26 y 27 de octubre próximo, para la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Capital Federal.

Todo le cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registra en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Eouanro A. Ouriz Basuaro — Ro meto E. Cuurs — Manco Auneuo Resoría — Lurs Cantos Cannar — Mancanrra Arcas. Jorge Arturo Peró Secretario).

i Ea

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

6

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1972, CSJN Fallos: 284:8 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-284/pagina-8

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 284 en el número: 8 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com