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Año: 1980, Fallos: 302:16 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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| 18 ACUERDOS DE LA CORTE SUPREMA mente dentro de los asociados a entidades representativas de abogados y demás h profesionales inscriptos en la matrícula.

De la misma manera designará nueve (9) suplentes para los casos de recusación, excusación, renuncia. fallecimiento u otra causal de imposibililad de integrar el Tribunal una vez constituido.

En caso de impedimento de un miembro del Tribunal para intervenir en una causa, su reemplazo se hará por sorteo que efectuará ese organismo dentro de La lisa de suplentes. Si el impedimento fuere definitivo sa remplazo se realizará por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la forma establecida al comienzo de este artículo.

Artículo 9. — Las Cámaras Federales de Apelaciones del interior de la República designarán los integrantes del Tribunal de Etica Forense de su jurisdicción para el año siguiente, de acuerdo a la reglamentación que dicten al efecto.

adecuándose a las situaciones de cada jurisdicción provincial y lo comunicarán a la Corte Suprema de Justicia de la Nación antes del 30 de noviembre de cada año.

Artículo 10.— La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y las Camaras Federales de Apelaciones del interior reglamentarán la forma en que habrán de conocer en los casos del articulo 34 de la ley y las resoluciones que dicten tendrán carácter definitivo.

Artículo 11, Las sanciones disciplinarias firmes que apliquen los Tribunales de Etica Forense serán comunicadas para su registro a la Subsecretaria de Matrícula.

U Articulo 12. — La cancelación de la Matrícula de Abogados implicará el cese de La habilitación para el ejercicio de la procuración prevista en el artículo 11 M de la ley.

Articulo 13. — Los Tribunales de Etica Forense dictarán su Reglamento In| temo y demás normas necesarios pare su adecuado funcionamiento, los que deberán ser sometidos a la aprobación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

| Articulo 14.— Las Cámaras Federales de Apelaciones del interior reglamenÉ tarán la forma y los casos en que los pertinentes Tribunales de Etica Forense + serán convocados, de acuerdo a las denuncias sometidas a si conocimiento y ade cuándose a las situaciones de cada jurisdicción provincial.

Disposiciones Transitorias Articulo 15. — La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil transferirá a la Corte Suprema de Justicia —Subsecretaria de Matricula— la Matrícula de aboy gados que tiene a su cargo, dentro de los treinta días de la publicación oficial de este Reglamento.

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:16 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-16

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