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Año: 1980, Fallos: 302:18 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Resolvieron des gmar:

1v) Al doctor don Adolfo R. Gabrielli como Juez de Fería de la Corte Suprema.

2) Al doctor don Héctor J. Banset a cargo de la Procuración General de la Nación.

3) Al doctor don Jorge Manuel Lanusse titular de la Delensori ante Li Corte Suprema y demas tribunales federales de la Capital, Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y regitrase en el Lbo correspondiente, per ante mi que doy le. Anotro R, Gamuerni — Aurzanto E. Rosst — Promo J. Fuías — Erías P. Guastaviso. Eduardo D. Cracioto (Secretario),
COMUNICACIONES ENTRE MAGISTRADOS DE DISTINTA JURISDICCIÓN.

LEY 22172 Y RESOLUCION 616/80 DEL MINISTERIO DE JUSTICIA DE

LA NACION. UTILIZACION DE UN SELLO PROVISORIO.
No 15 En Buenos Aires, a los 29 días del mes de julio del año 1980, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación doctor don Adolfo E. Gabriellt y los señores Jueces doctores don Abelardo F. Rossi, don Pedro J. Frías y don Elias P. Guastavino, Consideraron:

Que de acuerdo con lo dispuesto por el art, 7o de la ley No 22.172 —matificatoría del Convenio sobre comunicaciones entre magistrados de distinta jurisdicción celebrado entre el Poder Ejecutivo Nacional y la Provincia de Santa Fe-, este Tribunal debe habilitar Los Oficinas que colocarán el sello especial confeccomado por el Ministerio de Justicia de Li Nación, a fin de antenticar los testimonios de Las resoluciones y sentencias judiciales que deban inscribirse en los registros y repasticiones públicas de otra furisdicción territorial.

Que atento no encontrarse concluida la confección de los sellos definitivos y a fín de garantizar la plena vigencia del aludido convenio, el citado Ministerio dspuso, por Resolución No 619 del 23 de julio la utilización de un sello provisoro que Hevará al pie la firma del funcionario autorizado, Que resultando necesario establecer cuáles serán las Oficinas que cumplirán con el requisito dispuesto pur el art. 7e de la ley mencionada y 19 de la Resolución No 616/80,

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:18 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-18

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