Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1982, Fallos: 304:5 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

Todo lo eml dispusieron y mundaron, ordenando se comunicase y registrasc en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Aporro R. Ganmerrt — Aueranno F. Hosst — Etías P. Guasravino — César BLack — Cantos A, Reno Eduardo D. Craviotto (Secretario).


FERIA JUDICIAL DE ENERO DE 1993. DESIGNACION DE JUEZ

Y FUNCIONARIOS DE LOS MINISTERIOS PUBLICOS
No 40 En Buenos Aires, a los siete días del mes de diciembre del año 1982, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de a Nación doctor don Adolfo R. Gabrielli y los señores Ministros doctores don Abelardo F. Rossi, don Eías P, Guastavino, don César Black y don Carlos A. Renom, y con la presencia del señor Procurador General de la Nación, doctor don Mario Justo López, con el objeto de nombral Juez de Feria de la Cote Suprema para el mes de enero de 1983, y a los funcionarios de los Ministerios Públicos, Resolvieron designar:

1) Al doctor don César Black como Juez de Feria de la Corte Suprema.

2) Al doctor don Juan Carlos Béccar Varela como Procurador Fiscal.

30) Y como Defensor de Feria ante la Corte Suprema y demás tribunales Federales de la Capital, al titular doctor don Jorge Manuel Lanusse.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrasc en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. Avorro R. GAnmeLti — AneLano F, Rosst — ELías P. Cuastavino — César Brack — Canos A. Renost — Manio Justo López. Eduardo D. Craciotto (Secretario).


ASUETO PARCIAL DEL 24 DE DICIEMBRE
—No dl En Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de diciembre del año 1982, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

4

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1982, CSJN Fallos: 304:5 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-304/pagina-5

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 304 en el número: 51 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com