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Año: 1982, Fallos: 304:10 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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der Judicial, mediando conformidad de su superior, e! Prosecretario Jele de la Oficina de Notificaciones para la Justicia Nacional (Resolución del Presidente de la Cor> Suprema) (1)
RICARDO ALFREDO DEVOTO
SUPERINTENDENCIA,
Teniendo en cuenta que la naturaleza de las actividales a desarrollar no mteniena con las funciones que cumple el peticionante en el Poder Jue dicial, corresponde autorizar 4 un Oficial notificador a desempeñarse como empleado de un banco particular —art. 89, ines. 1) y E). del Reglamento para la Justicia Nacional con la adverteneía que la menor desatención de sus funciones acarreará la revocación de la autorización y la consecuente aplicación de sanciones (Resolución del Ministro Decano en ejercicio de la presidencia) (2).

DANIEL FERMIN ITURRI y Omos RECUNSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Concepto y sencralidades.

Si lo que se impuna es la inteligencia dada por el a quo al párrafo tercero del art. 189 bís del Código Penal con hasc en la cual se declaró «que éxte no era aplicable al caso de tenencia de materiales pirotécnicos de esparcimiento, la circunstancia de que lo decidido —incompetencia de la justicia federal para entender el caso y remisión de las actuaciones al Ministerio de Defensa— no resuchva acerea de los hechos sometidos a conocimiento del tribuna! no obsta a la procedencia del recurso estraordinario, ya que la declaración de incompetencia en favor de un organismo administrativo tiene los efectos de un sobrescimiento definitivo y reúne los requisitos para ser considerada la sentencia de esa clase del superior tribunal de la casa 1) 23 de febrero ?) 22 de febrero,

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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:10 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-304/pagina-10

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