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Año: 1984, Fallos: 306:1897 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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los límites de las responsabilidades que puede acarrear el ejercicio de la libertad de expresión atendiendo a pautas específicas construidas con miras a las particularidades que ofrecen los diversos ámbitos de la comunicación de. las creencias, de los pensamientos, de la intormación y de los sentimientos (Voto del doctor Enrique Santiago Petracchil.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de publicar las ideas.

En lo atinente al equilibrio entre la libertad de expresión y otros intereses públicos o privados ha de advertirse el rango superior que en el sistema democrático constitucional que nos rige posee la libertad de expresión tVoto del doctor Enrique Santiago Petracchi).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho a la imimidad.

No cabe entender que la primera parte del art. 19 de la Constitución Nacional proporciona directo y exhaustivo fundamento ul derecho de privacidad.

Ello así, pues debe advertirse que la conciencia subjetiva también depende de los factores objetivos que forman el contexto de la personalidad, y que, además, la vieja noción de la inaccesibilidad del /orum internum está derrotada por el avance «e los medios técnicos de invasión y manipulación de la conciencia individual (Voto del doctor Enrique Santiago Petracchi).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantias, Derecho a la intimidad.

El esquema de ordenada libertad, esbozado por los arts. 18, 29 y 33 de la Constitución Nacional, está integrado por derechos fundamentales —entre los que se incluye a los garantizados por el art. 19— que pertenecen a los ciudadanos de todos los gobiernos libres y genera el "continuo racional" en cuya vasta trama se entrelazan los derechos explícitos y los implícitos, y se incluye a la libertad enfrentándola a toda imposición arbitraria o restricción sin sentido (Voto del doctor Enrique Santiago Petracchi).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho a la intimidad.

El art. 19 de la Constitución Nacional es la base misma de la libertad moderna, o sea, autonomía de la conciencia y la voluntad personal, la convicción según la cual es exigencia elemental de la ética que los actos dignos de mérito se realicen fundados en la libre, incoacta creencia del sujeto en los valores que lo determinan (Voto del doctor Enrique Santiago Petracchi).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho a la intimidad.

El derecho de privacidad es el "derecho a ser dejado a solas" y, sin duda, la incolumidad del principio de determinación autónoma de la conciencia

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1897 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-306/pagina-1897

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