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Año: 1985, Fallos: 307:928 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ALENCIA NOSDICA S.A.
RLCERSO EXTRAORDINARIO: Regeisizos propios, Cartion federal, Cuestiones ederades Omples. Inzerpreteción de Las leves federales.

Procede el recurso estanrdirara cuando se controvizcie La Interpreración de nocmus foderates —uñs. 954, apartado 19 imc, a). y 956 del Cólico AMnarzro— + La sertencia deiniciva del superior tribunal de La cata ha «ido comraría al derecho que en ellas funda la apelante Cart. 13, ins. 3", de La ler 45:113 Irrerpretación y eplicacint, a La primesa hueste (e Interpretación de La ey es si letra, sin que sica ad misible ura inteleencir que equivalen a prescindir del temto legal. si no vaa detuo y declaración de incomtitucionalidad. pues la exégesis de la pe, st CoN E! DA de adccuzción a princimos y carantías constitucio males, debe prachcare Sn Violación de et letra o de st espirizi.

DIANA Pacciones. MnPetación incvarta.

Las Jwercon entro ¿1 cortado del manifieso reneral de la carga y el aftado de La comprebación efectmido por la attoridad aduanera, que no hub ren sido ju-tifead en alcuro de bs modos que establecen el Códico Almanaro y a rectameniación, dan tuenr a da aplicación de day san cres peta em eba 951 del referido Cólivo. A tal aseveración, fuedada e eb a teta Tral, no obtan los argumentos de la recuentro mierscatos e erre da prorevdda ird:pendencia del manifiesto dde area con repecto a he opericiones de importación, eriicrio que, lejos de NTE E Ta Tm del Códico Aduanero, ss ve desvirtuado apoco cue e idas 23 foma orcámica +! conrenido dr ese cuerpo NON mativo UE DT Made hen imeterta, Corre pordo cortiemar La cer oncía que al revocar el pronunciamizato del Patas do Poca oor o rca multa + Le Poma sumariada en los términos dela 654, aprtala 10, me, ah del Cofico Admanero, por entesder que por imperio del art, 956, Ta prrsertación del munifiesto reneral de la carga + emcucacta emriparada con ha Crohiración de importación cuva inexactd constitute la Doracción ene el art, 9 sarciona, Ello ací. pues la resentación del manifiesto, como dectaración de los eectos que se encuentan Poco pora +1 descarea comtituvs el amtecedee necesario de € ta operación e%7 es uN acTo desprovisto es sí mismo de finalidad si se Dodesurcubia e aquilla, Y dedo que el Cólizo comidera importada 4 tonta Mercidora ef Bata trapacado La Tínca demarcatoria del territorio

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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:928 
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