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Año: 1987, Fallos: 310:1764 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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SAMUEL, SANTIAGO PONCIANO y Orna .

v. NACION ARGENTINA. (ARMADA ARGENTINA) RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Son tencios arbitrarias. Procedencia del recurso. Ezxcesos u omisiones en el pronunciamiento.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia de Cámara que al decidir sobre los recursos interpuestos contra el fallo de primera instancia, ha prescindido de la consideración de la expresión de agravios formulada por el recurrente, tendiente a obtener la exoneración de su responsabilidad en el hecho que dio motivo a la promoción del proceso —fallecimiento del hijo de los actores mientras cumplía el servicio militar obligatorio— sin que tal omisión haya sido subsanada a raíz del pedido de aclaratoria interpuesto por cl interesado.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.

Debe descalificarse la sentencia de Cámara que no se pronuncia razonadamente sobre los agravios expuestos por cl recurrente y carece del examen "crítico de problemas conducentes para la solúción del litigio, y con grave violación del principio de congruencia ínsito en la gararitía del debido proceso -del justiciable. .


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de septiembre de 1987.

Vistos los autos: "Samuel, Santiago Ponciano y Tiburci, Josefa e/Gobierno Nacional (Armada Argentina) s/daños y perjuicios".

Considerando: 19) Que contra el pronunciamiento de la Sala Primera Civil de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, confirmatorio del fallo de la instancia anterior en cuanto admitió la pretensión indemnizatoria de los actores derivada del fallecimiento de su hijo mientras cumplía el servicio militar obligatorio, uno de los codemandados interpuso el recurso extraordinario que fue concedido a fs. 312.

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1764 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-310/pagina-1764

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