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Año: 1987, Fallos: 310:798 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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PROVINCIA DE JUJUY v. NACION ARGENTINA .

HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES. -
Si bien el cómputo de los intereses establecidos en el art. 61 de la ley 21:839 está directamente relacionado con la situación de mora del deudor, no puede confundirse con el de la actualización monetaria (1).

HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES. -
El cómputo de los intereses establecidos en el art. 61 de la ley 21.839 debe efectuarse a partir de la fecha de la mora, hasta el momento en que las sumas depositadas estuvicron a disposición de los interesados (2).

DEPRECIACION MONETARIA: Principios generales.

La finalidad de la actualización monetaria consiste en mantener el valor económico real de Jas sumas en cuestión frente al paulatino envilecimiento de la moneda (3). .

ARGENTINA AIDEE SALVATIERRA v. NACION ARGENTINA PENSIONES MILITARES: Pensiones a deudos de militares.

No quebranta lo preceptuado por el inc. 2? del art. 163 de la reglamentación de la ley 14.777 la sentencia que hizo lugar a la demanda promovida por la beneficiaria de una pensión militar, a la que sede administrativa se había declarado la pérdida de su derecho a percibir la prestación, si el criterio del a quo respecto de la necesidad de acudir a la justicia para suspender el pago del beneficio —dado que el condicionamiento con que fue otorgado no le quitaba al acto administrativo que lo hizo nacer, y produjo válidamente efectos, la fuerza de cosa juzgada administrativa encuentra eco en la doctrina de la Corte (°).

1) 14 de abril. 2) Causa "Expreso: General Sarmiento S.A. c/Buenos Aires, Provincia de s/repetición", de fecha 26 de junio de 1986 y "Brosto S.A.I.C.LF.

y otros s/apelación", de fecha 25 de febrero de 1985.

. (3) Fallo: 308:89 .

4) 21 de abrí. Fallos: 175:368 ; 281:48 .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:798 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-310/pagina-798

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