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Año: 1987, Fallos: 310:801 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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semestre anterior, proyectándose hacia el futuro con la adición de los .' porcentajes de aumentos dispuestos por los sucesivos decretos, del Poder Ejecutivo Nacional que establecieron incrementos salariales de carácter general.


FALLO DE LA: CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de abril de 1987. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por José Diez en Ja causa Bohl, Eduardo Enrique y otros c/Diez, José", para decidir sobre su procedencia.

Considerando: , 19) Que contra la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que confirmó la de primera instancia e hizo lugar a la demanda por diferencias de salarios, la parte demandada interpuso el recurso extraordinario cuya denegación motivó la presente queja. .

29) Que el a quo arribó a esa conclusión por considerar que con posterioridad a la fecha de sanción de la ley 22.310, los salarios de los actores debían ser calculados sobre la base del promedio .

actualizado de lo percibido en el semestre anterior, proyectándose —.

hacia el futuro con la adición de los porcentajes de aumentos dispuestos por los sucesivos decretos del Poder Ejecutivo Nacional que establecieron incrementos salariales de carácter general.

39) Que los agravios traídos a conocimiento de esta Corte configuran un supuesto que promueve su intervención con arreglo a la , doctrina de la arbitrariedad de sentencias, pues el fallo impugado propone una exégesis irrazonable de la norma aplicada que la des- virtúa, y conduce a un apartamiento inequívoco de la finalidad perN seguida mediante su sanción (confr. Fallos: 306:940 , entre muchos otros). .

4) Que ante todo cabe recordar la conocida doctrina de este Tribunal en el sentido de que la inteligencia de las leyes debe practicarse teniendo en cuenta el contexto general y los fines que

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:801 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-310/pagina-801

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