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Año: 1998, Fallos: 321:2831 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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posible, a la situación de incertidumbre y de innegable restricción de la libertad que comporta el enjuiciamiento penal (Voto del Dr. Antonio Boggiano).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.

Cuando el proceso ha sido llevado regularmente cumpliéndose las formas esenciales del juicio y las razones que dan metivo a la nulidad no son imputables al enjuiciado, retrogradar el juicio a etapas ya superadas, importa la lesión del derecho de defensa y excede el interés delas partes en el proceso, para proyectarse sobrela buena marcha delas instituciones (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.

La idea de justicia impone que el derecho de la sociedad a defenderse contra el delito sea conjugado con el del individuo sometido a proceso, en forma que ninguno de ellos sea sacrificado en aras del otro (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 15 de octubre de 1998.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de Federico Gabriel Polak en la causa Polak, Federico Gabriel s/ violación de los deberes de funcionario público s/ casación —causa N° 174 -4/95—", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

1) Que contra el pronunciamiento del Superior Tribunal de Justiciade la Provincia de Río Negro que anulóla sentencia absolutoria y el debate precedente, realizado en el juicio correccional seguido a Federico Gabriel Polak por violación de los deberes de funcionario público art. 249 del Código Penal), la defensa interpuso recurso extraordinario cuya denegación dio origen a la presente queja.

2°) Que el Fiscal de Investigaciones Administrativas de la provincia denunció al nombrado el 26 de julio de 1993, y el representante del

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:2831 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-321/pagina-2831

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