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Año: 2000, Fallos: 323:2031 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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sindicatura sea también unificada. La asignación de la competencia deberá recaer en el tribunal que entienda en el concurso de mayor activo o, en su defecto, cuando fuere dudoso, en el que previno (artículo 162 apartado 2° de la ley 24.522).

En el caso de autos, entonces, sólo restaría determinar de modo fehaciente cuál es, en principio, la causa con mayor activo,. en el limitado marco cognoscitivo de las cuestiones de competencia, que sólo permite atender a aquellos elementos de juicio que surjan delas referidas causas.

A dicho fin valga destacar que en las actuaciones de quiebra de Koner S.A." ya se ha decretado su extensión a un número significativo de empresas relacionadas con la fallida, y se resolvió, asimismo, la conformación de masa única, lo que importó establecer un activo dela fallida, donde se ordenó la extensión, que se conforma por los de las diferentes empresas que integraban el grupo, circunstancia que, ab initio acerca la noción de que su activo es mayor que cualquiera de aquellos quelo integran, sin perjuicio de que en el estado actual delas actuaciones deviene notoriamente dificultoso establecer con precisión cual es el quetiene mayor entidad.

En virtud de lo expuesto, sumado a que el mencionado artículo de laley 24.522, establece que en caso de duda se estará ala acumulación donde tramitó el concurso del juez que previno, y surgiendo de las constancias de autos que el tribunal que primero entendió en uno de los concur sos fue el Juzgado Nacional de ComercioN° 23, cabeadmitir que la quiebra de Roque Vassalli S.A. tramite ante dicha jurisdicción.

Buenos Aires, 28 de abril de 2000. FdipeDanie Obarrio.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 2 de agosto de 2000.

Autos y Vistos:

De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2031 
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