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Año: 2003, Fallos: 326:2582 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

—|-

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala 1), denegó el recurso extraordinario de la actora con base en que decide cuestiones de hecho, prueba y derecho común, ajenas a la vía, y en que es privativo de la Corte Suprema determinar si existe arbitrariedad o gravedad institucional (fs. 615).

Contra dicha decisión viene en queja la actora, por razones que, en sustancia, reproducen las expuestas en el recurso principal (cfse.

fs. 29/33 del cuaderno respectivo).

— II Laa quorevocó el pronunciamiento apelado (fs. 541/553) y rechaZó la demanda en concepto de indemnización por incapacidad laboral, basada —en suma-— en que no obran elementos de juicio suficientes como para tener por probado que las tareas o el ambiente de trabajo hayan favorecido—en sentido causal o concausal—la aparición oel agravamientodela dolencia dermatológica denunciada por la peticionante v. fs. 591 /593).

Contra dicha decisión, la actora dedujo recurso extraordinario v. fs. 596/598), que fue contestado (fs. 609/613) y denegado —reitero— afs. 615, dando origen a esta queja.

— 1 En síntesis, la recurrente arguye que la sentencia es arbitraria pues —con arreglo a su parecer— vulnera el principio de congruencia y resulta infundada, con loque soslayalas garantías delos artículos 16, 17 y 18 de la Constitución Nacional (fs. 596 /598).

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2582 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-326/pagina-2582

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