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Año: 2004, Fallos: 327:5546 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de diciembre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa González D'Annunzio, Albino Vicente y otro c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, a los que cabe remitirse en razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con el referido dictamen, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia con el alcance indicado. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo al presente. Glósese la queja al principal. Notifíquese y, oportunamente, remítase. AUGUSTO CÉsar BELLUSCIO — CARLos S. FAYr — ANTONIO BOGGIANO —
JUAN CARLOS MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI — ELENA I. HIGHTON DE
NoLasco (en disidencia).

DISIDENCIA DE LA SEÑORA MINISTRA -
DOCTORA DOÑA ELENA 1. HIGHTON DE NOLASsCO Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5546 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-327/pagina-5546

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