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Año: 2007, Fallos: 330:1860 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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— Por Resolución N ° 10.974 la CNV instruyó sumario administrativo a directores y otros funcionarios de Terrabusi por presunta infracción al artículo 21 citado, que prohíbe a directores, administradores, accionistas controlantes y gerentes, entreotros, la utilización deinformación privilegiada para obtener ventajas para sí o para otros, derivadas de la operatoria con títulos valores de sociedades que se encuentren en el régimen de la oferta pública. Imputóa los sumariados haber operado por sí opor otros acciones de Terrabusi, a través del agentede bolsa Carlos Raimúndez, con conocimiento de información relevante nopública, relativa al precio de venta del capital accionario mayoritariode esa sociedad a Nabisco International Inc. ("Nabisco") entre Eneroy Marzo de 1994, período durante el cual se llevó a cabo la negociación (fs. 934/7).

En sus descargos los sumariados reconocieron que los señores Reyes Terrabusi y Montagna el 3/12/93 aceptaron la carta intención de Nabisco, en la que ofrecía comprar a $ 5,80.— por acción hasta el 71,26 del capital social de Terrabusi, compuesto por un 53,93 bajolatitularidad de Reyes Terrabusi y Montagna —42,56-, Terra Garba S.A.I.C.

—6,54- y otros accionistas 4,80- que aceptaban vender su tenencia, y un 17,24 bajo la titularidad de A. Spaghi, Prea, Comoletti de Terrabusi, Repetto ("accionistas adicionales") y otros, sujeto a su conformidad (fs. 477, 978/85, 986/1010 y 1052/68).

Asimismo, por acta de directorio de Terrabusi del 6/12/93 sólo se informó la suscripción de la mentada carta, por la cual comenzaban las negociaciones para la venta quefijaba las pautas básicas de entendimiento, pero no el precio mínimo de compra (fs. 1021), y en dichos términos se realizó la comunicación a la CNV de acuerdo al artículo 5 dela Resolución General N ° 227 (°R.G.N° 227") dereserva informativa (fs. 1020).

Los sancionados r econocieron las operaciones que se les atribuye, pero no conforme al criterio indicado por la CNV, sino al utilizado por años de vender al alza de las cotizaciones y comprar ala baja, tonandolasrespectivas decisiones los titular es de las cuentas ("comitentes") o sus apoderados, las cuales eran transmitidas por Montagna a Raimúndez —agente de bol sa—.

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:1860 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-330/pagina-1860

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