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Año: 2018, Fallos: 341:1873 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
El acierto o error, el mérito o la conveniencia de las soluciones legislatiVas, no son puntos que pertenezcan a la revisión de la constitucionalidad de las leyes y por ende a la potestad del Poder Judicial (Voto de los jueces Maqueda y Lorenzetti).


CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
La injusticia o la inconveniencia política no constituyen una objeción a la validez constitucional de las leyes y tampoco incumbe a la Corte conocer respecto de la cordura, acierto o inconveniencia con que han sido ejercidas las atribuciones propias de los gobiernos provinciales (Voto de los jueces Maqueda y Lorenzetti).

ELECCIONES
Siempre que los sistemas electorales provinciales se mantengan dentro de los estándares de legalidad y razonabilidad propios de la democracia representativa, se admiten diferentes modalidades sin exigir uno en particular mediante el cual los derechos a votar y a ser elegido deban ser ejercidos (Voto de los jueces Maqueda y Lorenzetti).

AUTONOMIA PROVINCIAL
La Constitución Nacional sujeta la autonomía provincial al aseguramiento del sistema representativo republicano (arts. 5", 31 y 123) por lo que la intervención de la Corte se limita a aquellos casos en que hay un evidente apartamiento de las normas de derecho público local o cuando se viola dicho sistema, que las provincias se han obligado a asegurar Voto de los jueces Maqueda y Lorenzetti).


LEY DE LEMAS
Corresponde desestimar la queja que no ensayó un argumento tendiente a explicar de qué modo entiende que el sistema instituido por la Ley de Lemas 2052 modificada por la ley 3415, de la Provincia de

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:1873 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-341/pagina-1873

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