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Año: 2022, Fallos: 345:376 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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cia familiar y de género y de los diferentes incidentes civiles derivados del conflicto, que tramitan en la ciudad de Córdoba, al juez del país requirente, titular del Juzgado Oral Familiar de Playa del Carmen, Municipio de Solidaridad, Estado Quintana Roo, México, que interviene en los autos "M.PS. c/ M.VS.M. —divorcio unilateral" n° 1094/2020 y "M.PS. c/ M.VS.M. —controversia de orden familiar en relación a la custodia pensión y convivencia" n" 732/2020.

b) Asegurar ante los tribunales competentes de ambos Estados requerido y requirente, los compromisos del progenitor de no entablar acciones judiciales contra la demandada que le impidan el ingreso al país y de solventar los gastos del viaje a México de M. V. S. M. y de la niña M. O.

€) Asegurar que, una vez efectivizado el retorno, la niña permanezca con su progenitora y se establezca un régimen comunicacional provisorio de la infante con su progenitor y su familia extensa, hasta tanto el tribunal mexicano con competencia en la materia emita sentencia al respecto, luego de tomar conocimiento de la presente resolución, de las causas penal y de violencia familiar y de género, y de los diferentes incidentes civiles originados por el conflicto, que tramitaron en este país.

d) Asegurar provisoriamente, a cargo del accionante, una vivienda para M. V. S. M. y la niña M. O., cercana al domicilio del actor a fin de facilitar el contacto y la comunicación de ambos progenitores con la infante; una cuota alimentaria a favor de la progenitora y de la niña, y la atención de la salud. Todo ello hasta tanto el juez competente dicte un pronunciamiento al respecto, luego de tomar conocimiento de la presente resolución, de las causas penal y de violencia familiar y de género, y de los diferentes incidentes civiles originados por el conflicto, tramitados en este país.

e) Contemplar, de resultar pertinentes al momento del retorno, las recomendaciones realizadas por la Oficina Permanente de la Conferencia de La Haya para abordar los problemas que se presentan debido al COVID-19, con motivo de la situación de emergencia sanitaria existente a nivel mundial ("Guía de Herramientas para el Convenio HCCH sobre Sustracción de Niños de 1980 en tiempos de COVID—19").

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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:376 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-345/pagina-376

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