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Año: 1897, Fallos: 67:17 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Octubre 23 de 1896.

Autos y vistos : Resultando del certificado del actuario, corriente á foja 22, que el término para contestar el traslado de la demanda vencía el dia 26 de Setiembre próximo pasado, en cu— yodia se presentó D. Carlos M° del Castillo, en representacion del demandado, ordenándose por el juzgado que acompañase el 4 poder por el cual pedía se le tuviese por parte. Que el 30 del mismo mes presentó testimonio del mandato y el juzgado, en virtud de lo manifestado en el primer escrito del recurrente, le concedió tres dias de prórroga, con denegacion de otro término.

Que vencido este plazo el seis de Octubre, el representante del demandante le acusa rebeldía y pidió se proveyera con arreglo al estado del juicio.

Y considerando : Que la demanda ha sido contestada despues de vencida la prórroga acordada, con denegacion de otro término, en cuyo caso no es indispensable la conminacion de las 24 horas establecidas en el artículo 12 de la ley de Procedimientos.

Por esto, y de acuerdo con la jurisprudencia establecida por la Exma. Suprema Corte, háse por decaido el derecho para contestar el traslado de la demanda, y autos; devolviéndose al demandado el escritode foja 23.

Repónganse las fojas simples.

P. Olaechea y Alcorta.

T. LxV:I 2

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Año: 1897, CSJN Fallos: 67:17 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-67/pagina-17

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