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Año: 1863, Fallos: 1:45 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CAUSA VIII '
Contra Don Jaime Cateura, por falta de cien cieros vacunos en la descarga de la goleta «Conde Cavour».

Se comunica por el guarda, encargado de la descarga de dicho buque, procedente del Parana, y consignado 4 la casa de los Sres. Aldao, que, al eféctuarse el desembarco del cargamento se notó la falta de ción cueros vacunos sobre la cantidad fijada enel permiso.

El Colector de Aduana ordenó se levantase el correspondiente sumario, én el cual, declarando sobre el hecho el Sr. Don Juan Aldao, dice, qué en el permiso ha manifestado cuatro mil quinientos treinta y dos cueros, porque así se espresa'en los conocimientos y cartas de sus corresponsales que acompaña, sin que él tenga la menor culpa Da laa notada, y que es el patron del buque quien debe responder le ella.

El Sr. Cateura presenta dos docamentos, que en suparte sustancial contienen lo siguiente:

En el primero: Don Santiago Palma se presenta al Administrador de Rentas del Paraná, pidiendo se hiciese certificar, si es cierto que en lá guia núm. 213, fechada el 18 de Julio de 1862; despachada por la Administracion de Rentas, se anotaron cien cueros vacunos mas de lo que realmente se cargó.

El Gomandante del Resguardo4.quien se manda informar sobre el hecho denunciado, certifica que, al estender el cumplido del permiso núm. 213, del Sr. Don Faustino Perera, de frutos del país, cargados en el patacho "cCavour» en 18 de Julio de 1862, se padeció la equivocacion de poner tres mil cuatrocientos un cueros, en vez de tres mil trescientos uno.

En el segundo, Don Faustino Perera certifica tambien en el Parana haberse cargado. en el patacho « Conde Cavour» tres mil trescientos 9. un cueros, Mi estos certificados, el Sr. Catenra pide se declare ino

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Año: 1863, CSJN Fallos: 1:45 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-1/pagina-45

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