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Año: 1907, Fallos: 107:231 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Por ello y concordantes del anto del juez del Rosario de fs.

15 de las actuaciones sobre el incidente de incompetencia por inhibitoria tramitados ante el señor Juez de lo Civil de la Capital, pido á Y. E. se sirva resolver la presente contienda declarando la competencia del señor Juez del Rosario para conocer del caso ocurrente.

Julio Botet.


FALLO DE La SUPREMA CORTE
Buenos Airos Setiembre 17 de 1907.

Y vistos en la presente contienda de competencia, de Ja que resula:

Que don José Genta demandó úá los señores Juan Rernusse, Maria Berta Conset y Maria J. Maysonet de Couset, ante el Juez de 1: Instancia de la Ciudad del Rosario de Santa Yé, por escrituración de na inmueble ubicado en la referida provincia y que le habian obligado á veuderle los demandados, expresando que estos estaban domiciliados en la ciudad de Buevos Aires, Notificados por exhorto, de la referida demanda, los demandados, se presentá don Juan Bernuse por si y como representante de los otros, ante el juzgado de 1 fustancia de esta Capital pidiéndole forme contienda de competencia con el de, Rosario, fundúndose en que ellos están domiciliados en esta Capital yen que In acción entabla:da es personal.

Que comprobados estos hechos por los demandados conforme se los ordenara el juzgado y previa vista liscal, declaró formada la contienda por resolución de fecha 9 de Muyo de 1906, y ordenó se oficiara al del Rasario para que se inhibie.

ra de conocer en el juicio,

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Año: 1907, CSJN Fallos: 107:231 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-107/pagina-231

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