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Año: 1871, Fallos: 12:230 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Caso —Los señores Bigaud y Toba empresarios del molino « Pavon» ubicado en el distrito de Villa Constitucion y residentes en él, introdujeron 4 su establecimiento una cantidad de trigo producido en el municipio del Rosario.

La Municipalidad del Rosario los demandó ante el Juez Federal por el pago de 750 $ bol. importe do los derechos de dicho trigo.

Conferido el traslado contestaron Bigaud y Toba que debia rechazarse la demanda con costas; que ellos eran vecinos de Villa Constitucion; que el molino estaba situado en su distrito; que por consiguiente no se hallaban sujelos á las ordenanzas municipales del Rosario; que por los trigos comprados por ellos en este municipio los vendedores habian pagado los derechos correspondientes ; que por los impuestos municipales se deben pagar dentro y no fuera de los municipios; que ellos pagaban los derechos al municipio de Villa Constitucion y no debian ser obligados á pagar doble derecho.

Abierta la causa á prueba y presentadas por las partes las pruebas respectivas, se alegó por Bigaud y Toba; que habian probado que el molino de «Pavon» se hallaba en el territorio correspondiente al municipio de Villa Constitucion; que habian pagado el impuesto de cereales á esta municipalidad por los trigos vendidos y beneficiados en el molino; que la ordenanza municipal invocada por la parte contraria es relaliva á los cereales que se expenden en el mercado, siendo el pago de sus impuestos ú cargo de los vendedores.

Se alegó por la municipalidad que la ley de Octubre 3 de 1860 extiende el municipio del Rosario á todo el departamento; que la ley de Agosto 27 de 1872 erigienio en cabeza de partido Villa Constitucion y San Lorenzo hizo

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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:230 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-12/pagina-230

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