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Año: 1922, Fallos: 135:414 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE. TAM FALLOS DE LA CORTE SUPREMA O
ES LP delas acciones de posesión 0 de «Joniinio que prredar corresPirro — ponder al-vencido, con arreglo a derecho, Ta PE Vor ello. no se hace lugar 21 interdecto de retener dedu- 7 ATEOS cido por doña Maria HBassola de Negro contra el Hanco Hipo:

Bat "o ctevarió Naciónal, con Ja» costás." Notifíquese y reponganse
EOS das fojas, —— Mans EA de Aachorena, A.
y : 4 —OSENTENCIA DE HA CÁMARA FEDERAL LT E : " Buenos Aires, Julio 9 de 1921.

To Vistas y eomiderando: ZA :

SES - me doña Maria Bassla de Negro deduce contra el Banes dd MHipaterario. Nacional inerdicito de rerener la posesión, expo.


E o aiemio CÉS, 51: que en el año 1900 colnpró a don José MO,
oe E Mastis dos totes roy 2 de la manzan: 42 de Saavedra, recibio la pasesión, vereó y construyo un edificio donde vive deste ta entonces: que romo el vendedor falleció meses después in esoritra. demando a-

uE POLEA comestando la deranda, el-Banco pide el rechazo del Guerdieto: 1 Porque él importa uta trala al procedi E. . miento de venta de los Jotes que Jleva = término el Banco, proo reditmento que conformeza las disposiciones del artículo 75 de la ley Si72 sólo puede ser trabado por tercería de dominio, — ==. M0 revistiendo ese carácter la acción deducida ni resultando > y: = dle los documentos acompañados que la actora tenga otra cos:

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Año: 1922, CSJN Fallos: 135:414 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-135/pagina-414

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