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Año: 1926, Fallos: 145:310 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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SENTENCIA DEL SEÑOR JUEZ EN LO CIVIL
Buenos Aires, Febrero 2 de 1923 Y Vistos: estos atitos de los que resulta:

Que a fs. 12 se presenta el señor Guillermo M, de NevaNourdien, inciando demanda, contra la Municipalidad de la Capital, sobre deverución de suma de dinero y dice:

Que con fecha diez y nueve de septiembre de mil novecientos diez y mieve, st representado compró a don Tiburcio Sáenz, una hóveda situada en el cementerio del Oeste, cuyos, títulos adjunta, y que el vendedor a st vez había adquirido de la demardada el nueve de diciembre de mil novecientos dieciseis, Que da Municipalidad para anotar la transferencia del inmueble, además de los cien pesos moneda nacional, del impuesto respectivo y de otros cien pesos de multa, exigió el pago de una diferencia del precio entre los años mil novecientos diez y ocho y ml novecientos veinte, que asciende a la suma de tres mil quinientos noventa y tres pesos, cincuenta y cínico centavos ivoneda nacional, que abonó el actor bajo protesta.

Que el art. 42 y sus concordantes de la Ordenanza de Impuestos que autoriza ese cobro es ilegal e inconstitucional, 2 axentando contra la integridad de los derechos que garantizan los art. 4 14 y 17 de la Constitución Nacional, Funda su derecho en dichos preceptos constitucionales y en los arts. 1304, 2341. 2344. 2513, 2514. 2515 y concordantes del Código Civil y termina pidiendo se declare la ilegalidad e inconstitucionalidad de la disposición que impugna, condenando a la Municipalidad de la Capital, a restituir a su mandante la cantidad pagada, con intereses y costas,

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Año: 1926, CSJN Fallos: 145:310 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-145/pagina-310

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