Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1874, Fallos: 15:111 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

cion de loja primera, se confirma, con costes, el auto apelado de foja treinta y seis; satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.

SALVADOR M° DEL CARRIL. —FRANCISEO DELGADO. —José Barros Pazos.

—dJ. B. GonrosTIAGA.-—J. Do:

MINGUEZ.


CAUSA XLIX.
Don Angel J. Montiel contra la Junta receptora de volos de la Capital de Corrientes, por infraccion de la ley nacional de elecciónes:

Sumario, —1° La inscripcion en el Registro Cívica y la presentacion de la boleta de inscripcion en el acto de prestar el voto, son dos requisitos igualmente indispensables para el ejercicio del derecho electoral.

20 La facultad que la ley confiere á la mesa receptora de votos de decidir inmediatamente todas las dificultades que ocurran á fin de no suspender su mision, no la auto

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

9

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1874, CSJN Fallos: 15:111 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-15/pagina-111

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 15 en el número: 111 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com