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Año: 1932, Fallos: 162:340 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Octubre 7 de 1931.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos del precedente dictamen del señor Procurador General, se declara procedente el recurso deducido, en consecuencia, — Autos y a la oficina a los efectos del artículo 8 de. la ley número 4055, señálanse los lunes y viernes e el siguiente día hábil si alguno de aquéllos no lo fuere para notificaciones en Secretaría. Vista al Procurador General, Notifíquese y repóngase el papel, J. FIGUEROA ALCORTA. — R. Gino LavarLE. — ANTONIO SAcaRNA.

JULIAN V. Pera.

Doña María Trigoyen. Información sumaria.

Sumario: No procede el recurso

Caso: Lo explican las piezas siguientes:

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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:340 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-162/pagina-340

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