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Año: 1936, Fallos: 174:371 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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empleados no son regidas por el derecho común ( tomo 22 pág. 37 ; tomo 99 pág. 309 ).

4" Que los motivos dados para separar al actor del empleo que desempeñaba aunque pudieran dar base a responsabilidades de otro orden nunca serían de las que recaen sobre el Estado.

5 Que la facultad usada por la Dirección General de los Ferrocarriles del Estado, en virtud del art. 3, inc. 2° de la ley N? 6757, deriva de la dada por el inc. 10 del art. 86 de la Constitución Nacional por ser aquélla un agente del P. E.

6" Que es inaplicable al caso presente el artículo del decreto de Enero 16 de 1913, por referirse a la suspensión de los entpleados y no a su separación, como es el presente.

Por estos fundamentos, lo pedido por el señor Procurador General y las consideraciones de la sentencia apelada, se confirma en cuanto ha podido ser materia del recurso.

Rosexro Rererro. — Antonio SAGArNA. — B. A. Nazar AnCHORENA. — JUAN B. Terán.

NOTAS
Con fecha 7 de Febrero de 1936 fué confirmada por la Corte Suprema la sentencia pronunciada por la Cámara Federal del Paraná, confirmatoria, a su vez de la dictada por el Juez Letrado del Territorio Nacional de Misiones que condenó a Magdalena Fraus de Maller y Adalberto Willms de conformidad con lo dispuesto en el articulo 80, inciso 2" del Código Penal, a sufrir la pena de reclusión perpetua como autores del delito de homicidio perpetrado en la persona de Adolfo Mailer, hecho ocurrido en jurisdicción del expresado territorio el 14 de Agosto del año 1928.

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Año: 1936, CSJN Fallos: 174:371 
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