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Año: 1937, Fallos: 177:157 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, marzo 10 de 1937.

Y Vistos: Estas actuaciones para conocer del recurso ordinario de apelación, deducido contra la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de la Capital en la causa seguida por la Compañía Swift de La Plata, contra la Nación, por repetición de una suma de dinero, y :

Considerando:

Que la legislación fiscal aduanera (art. 7" de la ley N° 11.249), establece que el derecho de guinche se abonará por todas las operaciones de descarga que se practiquen en los lugares donde existan pescantes fiscales, hágase o no uso de ellos. La jurisprudencia ha complementado el sistema declarando que cuando los guinches no existen, es imposible legalmente cobrar tal servicio desde que el estado se encuentra, él mismo, en la imposibilidad de prestarlo.

Que, en la presente causa, el apelante reclama la aplicación lisa y llana de tal criterio, partiendo del Lecho inconcluso de que en el muelle particular de la compañía actora no existen pescantes hidráulicos fiscales, y, por consiguiente, no se adeuda por el importador el tributo creado por la ley N" 4932 y confirmado por la No 11,249.

Que la sentencia de la Cámara Federal ha resuelto lo contrario, y le ha bastado para llegar a esa conclusión, verificar un análisis integral tanto de los antecedentes administrativos relacionados con la concesión del muelle particular, y que el frigorífico Swift posce

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Año: 1937, CSJN Fallos: 177:157 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-177/pagina-157

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