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Año: 1937, Fallos: 177:162 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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3 Para que proceda el fuero federal ratione personac enando se trata de actores o demandados entre quienes existe comunidad o sociedad, es necesario que todos ellos sean extranjeros.

Juicio: Banco de la Provincia de Salta v. Franeisco Milanesi, expropiación.

Caso: Resulta de las piezas siguientes
DICTAMEN DEL ProcuRADOR GENERAL
Suprema Corte:

En ejercicio de la ley N° 133 dictada por la Legislatura de Salta, el Banco Provincial de esa ciudad inició juicio de expropiación del lote 6, manzana 10 del pueblo Tartagal, ante los tribunales locales, dirigiendo In acción conjuntamente contra tres personas que, a su juicio, se atribuían respectivamente el carácter de propietarios. Abraham Nallar, Luis E, Langou y Francisco Milanesi (fs. 23 vta. y 24), domiciliadas las tres en la misma provincia (fs. 30, 30 bis y 39). Nallar y Langou, que son ciudadanos argentinos (fs. 96), contestaron la demanda pidiendo su rechazo (fs. 71 y 76); pero Milanesi, que es extranjero (fs. 44 y siguientes), opuso falta de jurisdicción (fs. 61). La fundaba en que, si bien aparece expropiando el Banco Provincial, en realidad es la Provincia de Salta quien lo hace; por cuya causa y surtiendo el fuero federal por razones de distinta nacionalidad, la demanda debió entablarse ante la Corte Suprema Nacional. Negó, además, se hallara situado el inmueble dentro del territorio de la provincia de Salta. Es dicha exeepción, desestimada por los tribunales locales a fs. 185 y 233, la que ha dado motivo al actual recurso ante V. E.

Considero que el recurrente no ha demostrado la

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Año: 1937, CSJN Fallos: 177:162 
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