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Año: 1942, Fallos: 192:431 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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pertenecen a la elase 1. Ello no obstante, el señor juez a quo fundado en resoluciones de la Corte Suprema que sientan el principio de que el titular de una marea para determinada elase de artículos tiene neción para oponerse a la concesión, o anulación, de otra marea que cubra produetos de otra clase, si existe posibilidad de confusión por parte de los consumidores (Fallos: 117, 191; 181, 378 y 187, 205) admite el progreso de la querella y, entendiendo que existe usurpación, condena al aensado.

Que, sin embargo, la Corte Suprema en reciente fallo de 21 del mes próximo pasado, dictado en el juicio seguido por Manuel Hernández y Cía. contra la S, A. Alba", ha deelarado que el referido principio por el que "ha reconocido que es proesdente la oposición al registro de una marea igual o eonfundible a otra destinada a distinta elase enando coneurren circunstancias espeeialísimas que demuestran la eonfundibilidad de los produetos"', es escepeional.

Que tratándose entonces de una jurisprudencia de excepción, ella no debe aplicarse sino cuando medien las °eireunstancias especialisimas" que requiere la última decisión de la Corte Suprema y que fueron precisamente las que concurrieron en los casos en que reenyó aquella interpretación de la ley, Que en el sub-judice no sólo no hay un motivo especial que haga aplicable el referido principio jurisprudencial, sino que la naturaleza eriminal del presente juicio tampoco admite una interpretación extensiva del derecho aeordudo por la ley de la materia al propietario de la marea, —en el sentido de concederle acción eriminal para perseguir mercadería en infracción perteneciente a otra clase—, en contra del procesado— art. 12 del Código de Procedimientos en lo Criminal. Que no habilitando entonees los títulos de marea en que se funda la acción, para perseguir la usurpación imputada, corresponde desestimar la querella.

Por ello se revoea la sentencia apelada de fs, 118 y, en consecuencia, se absuelve de eulpa y cargo a Fidel Budmann en la presente acusación, por usurpación de marea de eomercio entablada por la S. A. "Myrurgia", Costas de ambas instancias por su orden, — Nicolús González Iramain, — Carlos del Campillo, — Ricardo Villar Palacio. — Juan A. González Calderón. — Ezequiel S. de Olaso.

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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:431 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-192/pagina-431

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