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Año: 1942, Fallos: 192:436 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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E ee 46 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA El juicio dedújose con el fin de reivindicar deterE minada fracción de terreno; la sentencia rechazó la aceción, con lo cual hízose respetar a la demandada, quien siguió en el uso de sus derechos sin serle necesario ningún nuevo requisito relacionado con las cuestiones planteadas en la litis, para obtener ese resultado. La excepción de prescripción opuesta por la demandada en el susodicho juicio no lo fué con el fin de erear, completar o perfeccionar un derecho sino simplemente para hacer respetar el que se tenía.

Que, en tales condiciones, la inseripción solicitada no estaría comprendida entre las que pueden solicitarse a esta Corte a título de cumplir las sentencias dictadas en las causas de su conocimiento. Las informaciones posesorias corresponden a la jurisdieción provincial.

Por ello se mantiene el auto apelado, devolviéndose las actuaciones, Hágase saber.

Roverro Reverro — Lois LixakEs — F, Ramos Mesía,
MATILDE T. FLAIROTO DE CIAMPT v, NACION
ARGENTINA
RECURSO DE NULIDAD: Principios generales.

No procede tomar en consideración el reeurso de nulidad que no aparece sustentado en el tribmal para ante el cual se interpuso, EMPLEADOS PUBLICOS: Reclacimes con el Estado, Las relaciones entre el emplendo público y el Estado no se hallan regidas por el derecho privado sino por el derecho constitucional y el administrativo,

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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:436 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-192/pagina-436

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