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Año: 1945, Fallos: 202:358 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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F 358 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA a LA NICOLAS CRIMI v, S. A. MULLVILL Y Cta, LtDA. Y Cta.


E DE SEGUROS "LA RURAL"
É RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. InterposiE ción del recurso. Quiénes pueden interponerlo.

E Es procedente el recurso extraordinario interpuesto por hi la Caja Nacional de Jubilaciones Civiles en el juicio seguido entre otras partes y fundado en los arts, 9, 10 y 13 LA de la ley 9688 contra la sentencia que mantiene el emE bargo trabado a pedido de uno de los peritos sobre los ls fondos provenientes de la indemnización acordada al actor, ACCIDENTES DEL TRABAJO: Derechos de los beneficiarios. Caja ñ de garantía.

b Es improcedente el embargo de todo o parte del importe de la indemnización acordada al obrero que, conforme a los arts. 9 y 10 de la ley 9688, debe ser depositada en la E Caja de Garantía, aunque se pretenda trabarlo para res ponder a los honorarios devengados por los peritos que actuaron en el juicio,
DICTAMEN DEL ProcuraDOR GENERAL
Suprema Corte:

$ Con motivo de un embargo trabado en esta enusa sobre fondos depositados en la Caja Nae, de Jubil, y Pens. Civiles — See. Accid. del Trabajo—, la expresada Caja ha tomado intervención en el juie'o respectivo | que tramita ante la justicia ordinaria de esta CapiBic, tal; y sostiene ahora que tal embargo es improcedente, Desestimada su pretensión a fs. 111, trae el actual recurso extraordinario, que resulta procedente atenta Ja jurisprudencia que en casos equiparables ha sentado

V. E.
En cuanto al fondo del asunto, pienso que debe accederse a las pretensiones de la Caja, por ser el im

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Año: 1945, CSJN Fallos: 202:358 
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