Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1946, Fallos: 204:143 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

a eomsecuencia de vn síncope cardiaco es necesario considerar las circunstancias en que el mimo tuvo lugar a fin de establecer si ha existido relación de causa a efecto entre el trabajo pel aíneope, ya por e existencia de traumatismo o esfuerzo ° bien por a extatencia de eualquier otro favor que permita suponer que la dolencia ee originó con motivo o en ocasión del trabajo.

3 Las declaraciones del eapataz Juan Andrés Aybar El (16), eompañaros e trabajo de la vetimo, permiten abc que Gea miró el cre pul e pia e freno de dos vagones. Aybar express que más o Y Tedeschl, ai bien mo preseaió el trabajo afectando, corbela y Tedeschi, si bien no el trabajo efectuado, corrobora que Garzani sufrió el síncope al acercarse al capataz para reEstas declaraciones prueban que, con escasa anterioridad al síncope, la víctima realizó un trabajo que en algunas ocasionen melo requerir prendes esfuerzos según, lo reconocen los testigos citados y el maquinista, Andrés Fernández al contestar la pregunta 7° del interrogatorio de fs. 19.

El perito médico Dr. Maximiliano Voogd, en su meditado informe de fs. 45, llega a la concipsión de que el esfuerzo necenario para frenar un vagón tipo chata, puede desencadenar desequilibrios cireulatorios que originen la muerte brusca del obrero y que las condiciones en que la víctima realisae a zbaj, Sl como os años durant lo els o veeso de mute y depen ión orgámien. El de un proceso y erací ien. El perito Caca" que a marc adorada de unos metros Y e etucro pueden ser dejados de ado me la alta tempe ha no ser le Jado y que temperatura reimanto el día del accidente (ver declaraciones citadas e informo de fa. 41) si bien no constituye por sí solo un factor de importancia, puede ser tenido en cuenta por las variaciones barométricas que son más bruscas en esa época del año y por los trastornos alimenticios que, con la gran ingestión de agus, efectúan los individuos.

La demandada sostiene que el síncope se produjo por esusas orgánicas no imputables a la labor desempeñada por el obrero, pero no ha aportado ninguna prueba tendiente a sereditar ese factor individual, por lo que queda en pie la situsción antes considerada de la que surge que Gazzani, obrero

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

5

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1946, CSJN Fallos: 204:143 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-204/pagina-143

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 204 en el número: 143 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com