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Año: 1948, Fallos: 212:201 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos. Fundamentos de hecho.

Carece de objeto dilucidar la cuestión referente a saber si el decreto n' 11.599/946, es o no aplicable a las separaciones producidas con anterioridad, si la sentencia apelada no solo se funda en la inaplicabilidad del decreto sino en que no hay prueba de que el actor estuviera compro metido en actividades contrarias a la paz o la — de las naciones americanas; a lo cual agrégase que tampoco se hizo mención de ello al disponer su cesantía en el cargo de subgerente que continuó desempeñando durante varios meses des, ués de la intervención de la sociedad.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

La cuestión federal a resolver en estos antos, susceptible de incidir en la decisión final del pleito, es la de determinar si las consecuencias jurídicas a que pue- —.

de dar lugar el despido del actor, por aplicación de la legislación común, deben modificarse o enervarse por disposiciones contenidas en normas federales que el d "andado invoca en apoyo del derecho que alega.

El actor, que era miembro del directorio y subgerente de la S. A. Springer y Moller, fué separado del personal de la misma, e inició por ello el presente juicio. La sentencia en recurso le acuerda derecho a indemnización, prescindiendo de las pretensiones del demandado que considera tal indemnización improcedente atento lo que establecen los decretos emitidos en acuerdo general de ministros, nos. 7032, de 31 de marzo de 1945, y 11.599 de 25 de abril de 1946 (fs. 24/27).

Las prescripciones pertinentes de los referidos decretos-leyes, cuya aplicación al sub-judice —en caso de ser procedente— determinaría la revocatoria del fallo

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Año: 1948, CSJN Fallos: 212:201 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-212/pagina-201

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