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Año: 1954, Fallos: 228:162 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Y considerando:

Que pedida a fs, 436 regulación de honorarios por D. Mario R. Micole, en su calidad de Administrador Judicial del Frigorífico Liniers S, R. L. y por el lapso corrido desde el 13 de agosto de 1952 al 31 de marzo de 1953, el Sr. Juez de la enusa fija a fs. 436 vía. la suma de mén, 700.000.—.

Que apelada esa regulación —fs. 439, 446 y 450— y también la de fs. 423 vta., la Cámara Nacional de Apelaciones se pronuncia a fs. 463, por providencia que dice: °' Autos y vistos: Se confirma la regulación de honorarios practicada a fs. 423 vta. a favor del escribano Sr. Maschwitz y se reducen a quinientos treinta mil pesos moneda nacional los honorarios del administrador judicial, regulados a fs, 436 vta.". Contra esa sentencia se ha deducido reenrso extraordinario a fs. 468, pues se alega, entre otras cosas, que consagra el carácter confiseatorio de la regulación practicada ; que es arbitraria y que no se ajusta al espíritu del arancel, interpretado en ella de modo inconstitucional. Y el recurso ha sido denegado —fs, 536— por entender la Cámara a quo que no es el de nutos enso comprendido en el art. 14 de la ley 48; por virtud de lo dispuesto en el art. 32 de la ley 12.997 y con arreglo a jurisprudeneia de esta Corte que cita, Que el Tribunal encuentra que el recurso deducido es procedente. Desde huego no obsta a su concesión el art. 32 de la ley 12.997 que precisamente comprueba el enrácter final del pronunciamiento, necesario para la procedencia del remedio federal; ni la jurisprudencia que allí se cita, por mediar ahora cuestión de arbitrariedad que requiere decisión adecuada a las modalidades de enda caso. En cuanto a Ia procedencia del recurso

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Año: 1954, CSJN Fallos: 228:162 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-228/pagina-162

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