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Año: 1955, Fallos: 231:312 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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SENTENCIA DE LA SUPREMA Cort DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES
Acuerdo En la ciudad Eva Perón, a 18 de mayo de 1954, reunida la Suprema Corte de Justicia en Acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 35.710, caratulada:

Cía, de Electricidad del Sud Argentino S. A. c./ Municipa lidad de San Andrés de Giles — Demanda contenciosoadministrativa", se procedió a practicar la desinsaculación de ley, resultando que en la votación debía observarse por los Sres. Jueces el orden siguiente: Dres. Caro Betelú, Trono, Bagnasco, Servini, Demaría Massey, Curto, Giardulli.

Antecedentes El letrado D. Víctor E. Rivarola, apoderado de la Cía. de Electricidad del Sud Argentino S. A., se presentó a esta Corte el 26 de septiembre de 1950 (cargo de fs. 14), promoviendo demanda contenciosoadministrativa contra la Municipalidad de San Andrés de Giles, a fin de que se anulen los efectos de la ordenanza del 5 de agosto de 1950, obrante a fs. 61 del expte. C. 1662/947 y agregados, que rechaza los pedidos de aumentos de tarifas formulados por la hoy actora, para cubrir los aportes patronales determinados por la ley nacional 11.110.

El letrado D. Miguel Angel Bercaitz, apoderado de la Municipalidad demandada, al contestar la acción el 7 de abril de 1951 (cargo de fs. 30), solicitó su rechazo, con costas.

Abierto el juicio a prueba, agregada la producida, alegado sobre su mérito, se llamó autos y encontrándose la emisa en estado de dictar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente Cuestión ¿Es fundada la demanda? Votación A la cuestión planteada, el Sr. Juez Dr. Caro Betelú, dijo:

El Dr. Víctor E. Rivarola, en nombre y representación :le la Cía. de Electricidad del Sud Argentino S. A., promueve demanda contra la Municipalidad de San Andrés de Giles, fun

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Año: 1955, CSJN Fallos: 231:312 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-231/pagina-312

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