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Año: 1955, Fallos: 233:52 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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367 extensas impugnaciones de forma y de fondo— y si, aun en caso afirmativo, la índole de la materia en discusión facultaba al tribunal para examinarlas no obstante la opinión dé las partes en cuanto a ello, son puntos que no revisten carácter federal y que no aparecen considerados y resueltos al margen del debate ni arbitrariamente, Es verdad que, con motivo de la vinculación entre el testamento y las pretensiones expuestas en el juicio por los herederos, surgió en el curso de los incidentes la cuestión relativa al sentido y alcance de la cláusula 5" del testamento. Aunque se opuso a su inclusión en la litis, la parte recurrente afrontó el debate acerca de ella, como también lo hizo su contraria (fs. 552, 565, 621, 716).

Y si bien el juez prescindió de su consideración —podía hacerlo sin dificultad alguna dada la conclusión a que llegó— la Cámara, según el voto de dos de sus jueces, halló en la interpretación que le atribuyó, un fundamento más para la solución ya sustentada por las razones expuestas en el voto del magistrado que se expidió en primer término. No incumbe a esta Corte Suprema examinar si procedía o no tratar ese punto, desde que la parte que se agravia de ello no puede alegar, ni lo hace, que no se la haya oído o permitido expresar al respecto todo cuanto ha considerado conducente a la defensa de su pretensión (v. fs. 565 y sigtes., 716 y sigtes.; Fallos: 221, 237; 226, 318). Ya se ha dicho, por lo demás, que no es materia propia del recurso extraordinario examinar la índole de las normas que rigen la nateria en debate y las consecuencias de ello con relación ai fallo de la causa, como no lo es determinar el sentido y alcance de las actuaciones judiciales.

No es más viable como fundamento del recurso de«ducido, la alegación de que el fallo apelado sólo contempla una de las causales de nulidad del pronunciado por

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Año: 1955, CSJN Fallos: 233:52 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-233/pagina-52

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