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Año: 1962, Fallos: 253:403 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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PODER JUDICIAL. PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO 1963 En Buenos Airen, a los 5 días del mes de ertiembre del año 1962, reunidos en la Sala de Acuerdos del [Tribanal, el Señor Juez Decano de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dostor Don Aristóbulo D. Aráoz de Lamadrid y los Señores Jueces Doctores Don Julio Oyhanarte, Don Pedro Aberastury, Don Ricardo Colombres y Don Esteban Imaz, Consideraron :

a etbiecio po ere de calidad y 1043 Po cede que la Corte envíe al Poder Ejecutivo el proyecto de presupuesto del Poder Judicial para el ejercicio 1963 (1 de noviembre de 1962 al 31 de octubre de 1963).

Que, a ese efecto, y teniendo en cuenta la situación que —como es notorio— afije al erario, el Tribunal estima que corresponde reproducir —en genersl— el presupuesto del ejercicio actual.

Que, aparte de las economías dispuestas por la Acordada de fecha 25 de mayo último, las elrennstancias expuestas en las de Fallos: 247:221 y 250:6 , impiden le reduecón de Tos enéits, a mea en lo referente a personal 0 a putos general Que en lo atinente a las remuneraciones, corresponde asimismo reiterar la salvedad de que en el supuesto de que se acuerden mejoras o se actualicen los haberes o bonificaciones de los agentes de los otros poderes, deberán adecuarse las de magistrados, funcionarios y empleados judiciales, para guardar la debida proporción.

Resolvieron:

Comunicar al Poder Ejecutivo, a los efectos del trámite pertinente, que esta Corte Suprema, con las salvedades señaladas en la presente Acordada, reproduce para el Poder Judicial, como proyecto de presupuesto pora el próximo ejercicio, el netualmente viger te. Comuníquese en la forma de estilo.

la me DE ml oe Ey Ye hmm Aa e en corres mi que 1 e Laaneio — JULIO OYMANARTE — Pnno Anenasroar — Ricanzo Coroumes — Estay Ian — Jorge Arturo Peró (Secretario).

PODER EJECUTIVO NACIONAL. COMUNICA DECRETO Ne 9203/02 Buenos Aires, 10 de setiembre de 1902.

Antos y vistos:

Atento lo expresado en la precedente comunicación del Poder Ejerutivo Nacional del decreto =° 0203/02, fórmese legnjo con la copia autenticada que so acompaña, de cuyo contenido «0 toma mota.

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Año: 1962, CSJN Fallos: 253:403 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-253/pagina-403

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