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Año: 1962, Fallos: 253:404 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Contástese por oficio, cuya entrega al señor Ministro del Interior se encomiendo al eñor Sermetario. de Saperintendencia. E incorjrese las actuaciones al Archivo del Tribunal. Bexsawíx Virimans Basvizmaso — Ameróncio D.

Anñoz sa; Lamarei — Leis María orri Rocureo (cone roto) — Jruo Oviasarx — Promo Auvrrer — Hicamo Coronrs — Estrenar Itar.

Voro res. Seños Mixisrao Docros Doy Leis Manía Rorrt Boscrso Autos y vistos: .

Atento lo expresado en la comunicación presedente y, aparte decisión alguna sobre las medidas allí informadas o la potestad para tomarlas, fórmese legujo con la copin autentienda que se compaña (art. 95 del Rerismento para la Justicia Nacional), incorpórese al Archivo del Tribunal y contásteso en la forma de +=...

correspondiente, Lets Manía Borrr Bocsrso.

SUSPENSION DEL CURSO DE LOS TERMINOS, DURANTE EL DIA 21
DE SETIEMBRE, EN TODOS LOS TRIBUNALES NACIONALES DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES Y FEDERALES DEL INTERIOR DE LA
REPUBLICA
En Buenos Aires, a los 24 días del mes de aetiembro del año 1962, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal el Señor Presidente de la Corto Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Benjamín Villegas Basavilbaso y los Señores Jueces Doctores Don 'Aristóbulo D. Arúoz de Lamadrid, Don Luis María Boffi Boggero, Don Pedro Aberastury, Don Ricardo Colombres, Don Esteban Imaz y Don José Franeiseo Bidau; Consideraron:

Que por ramees de púbica metrietad ls actiridados de os trienios nacionales de esta ciudad y «del interior del país se han visto perturbadas durante el día 21 del corriente.

Resolrieron: .

Declarar aupendido,el curo de los términos an todos os trimales paco nules de esta ciudad y federales del interior de la República durante el día 21 del copio an pecjuido dele vales de Ys teimites judiciales que ve able e E o o E o NI en el ante . BrxzaMbr Viztenas Basae de adm lee fm Proao Auerasrcer — RiCanpo Conoumars — Estenar Iaz — José F..Bias — Jorge Arturo Peró (Secretario).

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Año: 1962, CSJN Fallos: 253:404 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-253/pagina-404

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