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Año: 1962, Fallos: 254:354 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Eo FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
DICTAMEN DEL Procenavor GENERAL
Suprema Corte:

En las actuaciones que corren por enerda, instruídas en inveszación de un hurto de holsas vacías de arpillera cometido en la ciudad de Balearee (Peii, de Buenos Aires) en perjuicio de la firma °Bolsatex Cereal S. R, 1", tres de los cuatro impliendos por-ese delito —los comprendidos por el muto de fs. 59— fueron sobreseídos provisoriamente el 24 de marzo de 1960; e idéntica medida se adoptó luego con respecto al restante samariado —Andrés Parera— por resolución de fecha 24 de junio del mismo año que obra a fs. 66 de aquellos autos agregados.

Cerea de un año después de la última fecha indicada, más exactamente el 15 de junio de 1961, el apoderado de "Bolsatex t Cereal" se presentó en la causa, pidiendo le fuera concedida en ella la intervención que el art, SO de la ley local de procedimientos — penales acnerda al partienlar damnificado por un delito de aeción pública.

Seguidamente, considerando que con respecto a los tres primeros sobreseimientos provisionales dictados en los autos había transenrrido, por entonces, el plazo establecido en el Código ya mencionado para la conversión de aquellas medidas provisionales en definitivas, el representante de la aludida firma solicitó la re apertura del sumario únicamente en relación con el imputado Parera, y ofreció nueva prueba para acreditar la responsabilidad criminal del mismo.

Tendiente a ello solictó, en efecto, la ampliación de declaraciones testimoniales prestadas én la causa, y el llamado de cuatro mievos testigos, entre los que el presentante de fs. 72 incluyó a los tres procesados en cuyo favor fuera dictado el anto de fs, 39, inclusión que consideró procedente por entender, según se ha visto, que el sobreseimiento con que aquéllos se beneficiaran hahíase convertido ya en definitivo. Por último, hizo presente que se reservaba el derecho de repreguntar a los testigos.

Por resolución que corre a fs. 74 el juez dejó sin efecto el sobreseimiento provisorio dictado a fs, 66 con relación a Andrés Parera, -y, asimismo, hizo lugar a la prueba-ofrecida excepto en lo relativo a la testimonial de los restantes imputados, cuyas deelaraciones como testigos el proveyente estimó no correspondía autorizar por haber prestado aquéllos indagatoria en la causa, y estar esta última solamente suspendida a su respecto. Asimismo, denezó al peticionante la facultad de repreguntar. :

Este último apeló entonces de esa resolución ante la Cá

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Año: 1962, CSJN Fallos: 254:354 
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