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Año: 1963, Fallos: 256:74 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RE sida 7 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA a Capitalización. en concepto de aportes jubilatorios omitidos resE pecto de comisiones de cobranza que percibiera de la mencionada E empresa el señor José Marquetti, desde el mes de mayo de 1945 hasta el 31 de enero de 1957 (ef. fs. 52 y 6).

y El fallo en recurso llega a la conclusión de que el cargo en cuestión es procedente, por entender, de conformidad con lo re> 227:761 ), que las personas ue que, como el nombrado señor Marquetti, enmplen la tarea de coE brar las cuentas de un contrato vigente están con la empresa en :

y una relación de dependencia, por lo que se hallan comprendidas en el réximen jubilatorio del deereto-ley 23.682 44, desde que enE tró en vigor este cuerpo legal,
R Ese criterio armoniza asimismo con lo decidido por V. E.
en la emusa G. 540-XITI, "Gómez, Juan Grezorio s 7 jubilación", E con fecha de agosto del corriente año, En este promneiamiento r dejóse expresamente dicho que "toda vez que los regímenes jubi Iatorios provienen de la ley y entran en vigor a partir de si E publicación —Fallos: 248:241 y stis citas—, no cabe excluir de E «us beneficios lezales a aquéllos a quienes ampara, por vía de convenciones eolectivas".

E Con arreglo a esa doctrina y,Ia del fallo reenido con fecha
E Hale noviembre del corriente en la emisa D. 44, °Del Bianeo, E.
Li L. <= jubilación", pierde eficacia la invocación del decreto 1 2.2004 48 dictado como consecuencia del convenio colectivo del 19 a de diciembre de 1947, para sustentar la pretensión de que los ro bradores de las compañías de enpitalización quedaron incluídos E: en el ámbito del deereto-ley 23.682 44 sólo a contar del 19 de 3 marzo de 1948, 4 Por todo ello, y no mediando desconocimiento de las dispoE sjejones constitucionales invocadas, tal como resulta de los preceE, dentes citados, opino que corresponde confirmar la sentencia apex lada en enanto pudo ser materia del recurso. — Buenos Aires, L 22 de noviembre de 1962, — Eduardo TI, Marquardt, 1 FALLO DE LA CORTE SUPREMA q + Buenos Aires, 24 de junio de 1963.

a Vistos los autos: °°Marquetti, José <=" efectúa consulta".

R Y considerando:

L. 19) Que la sentencia de fs. 77 contiene pronunciamiento res4 pecto de la existencia, en el caso, de relación de dependencia, Ello aid

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Año: 1963, CSJN Fallos: 256:74 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-256/pagina-74

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