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Año: 1963, Fallos: 257:15 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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AÑO 1963 — OCTUBRE y NOVIEMBRE

A. FURMANON CID A, BANCO CENTRAL 15 13 REPUBLICA ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comines. Tribunal de justicia.

Las resoluciones del Banco Central en materia de multas por infracción al rézimen de entubios, con anterioridad a la vigencia de la ley 16.432, cnrecían de Merza de cosa juzgada por cuanto eran susceptibles de revisión judicial posterior, siendo, por ello, irrevisibles en la instancia extraordinaria.


JUSTICIA NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO.
El art. 23 de la 16432, innova sólo en cuanto al órgano judicial nl que incumbe la decisión de las infraeciones enmbiarias y al procedimiento a seguir, atribiyendo el conocimiento de las entisas radicados en el Baneo Central y bis que estén en ejecución por vía de apremio, a la justicia nacional en lo penal económico. Tal disposición =e ajusta a las exigencias de la dostrina de la Corte Suprema respecto del necezario control judici 1 de las decisiones administrativas de tipo sanecionatorio.

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad, Leyes nacionales. Provesales.

Es inadmisible la impuenación constitucional del art. 23 de la ley 16432, con fundamento en la garantía de la deíensa en juicio, toda vez que el propósito lezal es, precisamente, el de satisfaver las exigencias de esa garanta dando interveneión 2 tribunales de justicia para conocer de las infraeiones exubinrias,
SENTENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELICIONES EN LO FEDERAL
Y CONTENCIOSOSOMENISTENTIVO
Buenos Aires, 4 de abril de 193, Autos y vistos:

Considerando:

Que el ector inició descmda a objeto de que se declare: a) la mutidad de las resoluciones dictados ent contra por el Banco Central de la República Argentina eiolos mmarios que —e le instriveron por

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Año: 1963, CSJN Fallos: 257:15 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-257/pagina-15

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