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Año: 1965, Fallos: 262:87 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comes. Gracamen.

La parte condenada al pazo de las costas del juicio carece de interés legítimo para cuestionar la constitucionalidad de los deeretos-leyes 787/55 y 16.146/57 en cuanto, respecto a los peritos inzenieros, autorizan a vecular honorarios euyo monto no svarda proporción ron los que corresponde abonar a los abogados intervinientes en a ema.

RECURSO EXTRAORDINARIO: diequisitos propos leelación directa, Normas estrañas al juicio, Disposiciones coustitucionules, AT 15.

La alegada onerosidad de la regulación no comporta impuenación atembible de eontisentoriedad citando no se dertmtineeh € merito y dla es myriejide de la labor realizada €).


RODOLFO JOSE RODRIGUEZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: E quisitos comanes, Gravamen.

La circunstancia de haberse excluido del sumario a otros tuncionarios, que habrían incurrido en la misiva faalizo por de aque se sancionó al apelante, 10 sustenta el recurso extraordinario por falta de interés lezítimo que respalde la impugnación (3).

SA.F.L E CORDOBA y. SL. COPETIN AVENIDA y Otros RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos conunes. Gravamen.

La impugnación constitucional de lis elán=ulas contenidas en las leyrs de Joeaciones urbanas, con miras a extender los beneficios que acuerdan, 10 justifica el otorgamiento del reeur encontra en comiliciones económieas de realizar la nueva contrucción proyectada (3).

— 8.A. RED ARGENTINA 05 EMISORAS SPLENDID v. NACION ARGENTINA FORMA DE LOS ACTOS JURIDICOS.

La formalidad en el derecho tiende a grabar en los intervinientes de un aeto el aleance de sus elánsulas 0 conferirie la publicidad adecuada, siendo más importante la solemnidad en sí que el acatamiento formal de todos 0 enda uno de los requisitos que le constituyen. Por ello es que si se impone la pS 1) Fallos: 243:40 , 2) 1 de E Fallos: 248:422 .

5) 21 de unio, Fallos: 25: 39. 158,

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Año: 1965, CSJN Fallos: 262:87 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-262/pagina-87

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