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Año: 1968, Fallos: 271:95 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Por vllo, y lo distamimado por el Nr, Procurador Clonoral, xo — Improcedonte el recurso oxtraordinario interpuesto a fe.

Rovewro E, Cuvra = Lon Cantos Cantar, => Jonf 1 Mina,
GCILLENMO €, TEMPRIDEY y 8 1, le ASTILLERO y VARADERO
MANCHA
ARCUNNO ENTRAORDINANIO: Hegubitos propias, Curvtianos mo federales, 4nterpretación de normas locales de procedimientos, Enem varias, Nooo ctdmembos a hue ebulirmesdióno ubes Dove gueto Do ¡noveno um le mudo dol tribunal hutoboa aqui ¿oe eeemeveaao e weno, muugue ello cenrva Eransenrrida la hucoran:- PA nodos, que aupbas eimntdodos poremenesa) 1 Jutna al revurao extrundinario, Ducra Min men; Dorocimanon CIANTTAL Muproma Cortes En mi opinión, el nrravio deducido por el apelante en el recreo extenordinario de Pe, 00 planton, on vigor, una cuestión do naturaloxn procesal relativa a la inteligonoln de la norma local qu la contraparte elta on el momorint de Pa, 119), esto ex, el art, 47 de la de ln 1 DITA de In provinla de Nuenox Alves, modificado por la loy 6704, en la eunt se muxtonta, Indudablemente, lo decialdo a fa, 70, y enya constitucionalldad no ha sido puesta en tola de Julolo en la aludida npolmción, Por lo demás, la enoxtión fodernt articulada on esta última no Fue plantada cn la primera ojyortuwntdaed en que ella fue proviniblo (vi Pa, 70), Estimo, por lo tanto, que corvospondo declarar Improeo dente ol reenrao extraordinario Interpresto Buenos Alros, 20 de mayo de 1008, Arwardo 20, Mavquira,
PALO DE LA CONTI RUPIRIMA
Buenos Alves, 3 de Jullo do 1908, Vistos Jox nutox: 'Pómportoy, Guillermo €, e/ Antilloro y Varadero Mánchos M:la »/ dosplio"

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Año: 1968, CSJN Fallos: 271:95 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-271/pagina-95

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