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Año: 1973, Fallos: 287:377 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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El medio so-íal en que se desenvuelve la Justicia Federal en Córdoba es de gran jerarquía intelectual y ¡ersonal, según lo informa el magistrado. Las autoridades nacionales y provinciales mantienen una excelente relación con el Poder Judicial y han prestado decidido apoyo al tribunal, como lo demuestra la labor cumplida en las últimas elecciones nacionales, Observa el magistrado que hay deficiencia en la legislación y régimen para los Menores; también en la que respecta al Patronato de Presos y Liberados y con relación al Registro de Reincidentes; todo esto requiere urgente ordenamiento.

La Obra Social resulta ineficaz como se ha relatado al tratar la visita a la Cámara Federal de Córdoba, pero cabe destacar que los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial en Córdoba, sobrepasan el número de 200, lo cual demuestra cuantitativamente la importancia que debiera tener la Obra Social en esta Ciudad; mas si se repara que cada uno de estos titulares de funciones judiciales es a su vez cabeza de un grupo familiar al cual necesariamente deben extenderse normalmente los beneficios de una obra social, realizada según los actuales conceptos de asistencia y previsión.

Lo dicho respecto a la Cámara Federal en orden al prestigio que tiene la Justicia Federal en el medio social corresponde también al tribunal a cargo del Dr. Adolfo Zamboni Ledesma y al Juzgado Federal NT 2 que estuvo a cargo del Dr. Emilio Enrique Franzini.

El Juzgado Federal N° 2 está a cargo del Dr. Zamboni por haberse jubilado el Dr. Franzini, Análogas notas que las expresadas para el Juzgado N° 1, dejo formuladas respecto al NI 2 En cambio, con relación al edificio y ambiente donde desarrolla sus tareas este Tribunal y la Secretaría Electoral, cabe destacar lo siguiente:

La Secretaría Electoral funciona en lo que fue un local público nocturno y el Juzgado N° 2 en una antigua casa de familia, de construcción deficiente, en actual estado de deterioro creciente al punto que ya se considere la seguridad de las personas que allí trabajan o el ambiente higiénico en que cumplen sus tareas, puede calificarse de peligroso e insalubre. llustro esta afirmación con las fotografías que adjunto que apenas revelan la realidad que allí se vive, para lo cual sólo me basta expresar que en la mesa del Juez —que no tiene otro lugar donde ponerse, sino donde está— es necesario colocar un balde para que reciba

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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:377 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-287/pagina-377

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